Tesis nº I-TP-1092 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 1972

Número de resoluciónI-TP-1092
Fecha de publicación01 Julio 1972
Fecha01 Julio 1972
Número de registro36473
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año XXXVI. Nos. 427-429. Julio- Septiembre. 1972. p. 230.;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Es inexacto considerar que el reconocimiento aduanero no es una resolución definitiva y que puede ser revocado por sí y ante sí por la propia autoridad aduanal; toda vez que los artículos 212 párrafo octavo, 213 y 215 del Código Aduanero interpretados armónicamente llevan a la conclusión de que la clasificación arancelaria que efectúa el vista de las mercancías importadas es una resolución definitiva, ya que este funcionario se encuentra obligado a confirmar la exactitud de la declaración de las mercancías en relación con la factura que las ampara y debe clasificar arancelariamente...

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