Tesis nº I-TS-7854 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 1970

Número de resoluciónI-TS-7854
Fecha de publicación01 Julio 1970
Fecha01 Julio 1970
Número de registro36104
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año XXXIV. Nos. 403-405. Julio-Septiembre. 1970. p. 286.;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Cuando en una empresa se suspenden las labores porque sus trabajadores se declaran en huelga, el patrón no tiene obligación legal de dar viso al IMSS sobre este acontecimiento, sin que se pueda desprender lo contrario del artículo 7o. de la Ley del Seguro Social que señala el deber del patrón de comunicar al Instituto las demás condiciones de trabajo que sean de importancia para éste y que lógicamente en el estado de huelga no existen. Tampoco se identifica el problema planteado con lo dispuesto por el artículo 4o. del Reglamento al Seguro Social en lo relativo a la filiación de Patrones y...

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