Tesis nº I-TS-4800 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 1948

Número de resoluciónI-TS-4800
Fecha de publicación01 Enero 1948
Fecha01 Enero 1948
Número de registro32181
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año XII. No. 133 - 144. Enero - Diciembre 1948. p. 41
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Atentos los términos del artículo 57, fracción IV del Código Fiscal de la Federación, que determina que la prescripción se consumará contando el término de 5 años desde el día siguiente a la fecha en que debió hacerse el pago o ejercitarse por la autoridad correspondiente la facultad relativa, no es aplicable la regla que el artículo 1176 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales, en el sentido de que el cómputo debe hacerse por años y no de momento a momento, ya que esa circunstancia constituye una salvedad para la aplicación de dicho precepto.- Por otra parte, la instancia que se formule solicitando el reconocimiento de...

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