Tesis nº I-TS-4175 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 1944

Número de resoluciónI-TS-4175
Fecha de publicación01 Septiembre 1944
Fecha01 Septiembre 1944
Número de registro31190
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año VIII. No. 93 - 94. Septiembre - Octubre 1944. p. 105
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El artículo 67 bis del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente, establece que las empresas obligadas a retener y enterar el impuesto sobre dividendos, determinarán la utilidad distribuible, deduciendo de la contable, además del Impuesto de Cédula I, la reserva a que se refiere el artículo 17 de la Ley. El artículo 17 dispone que cuando la empresa haya realizado beneficios que no queden comprendidos en la obligación de constituir reservas legales y no los destine al reparto de dividendos entre sus asociados, estará obligada a determinar la cantidad que en tal concepto corresponda a cada uno de los socios y a pagar el impuesto por cuenta de los obligados, siendo preferente el cumplimiento de esta obligación a la de instituir cualquier reserva fuera de la legal. El criterio de lo que es reserva legal lo da el artículo 20 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, según el cual de las...

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