Tesis nº III-TASR-XV-380 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Junio de 1995

Número de resoluciónIII-TASR-XV-380
Fecha de publicación01 Junio 1995
Fecha01 Junio 1995
Número de registro19417
MateriaSEGURO SOCIAL,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año VIII. No. 90. Junio 1995. p. 40;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

De conformidad con el texto de los artículos 17 y 19 del Reglamento mencionado, la instancia de aclaraciones que prevén, sólo se encuentra al alcance de los patrones, esto es, de los obligados directos al pago de cuotas obrero patronales, por lo que no es obligatorio que se haga valer en contra de un oficio en el que se requiere el pago de un adeudo por concepto de cuotas obrero patronales, si dicho cobro se fundamenta en los artículos 26, fracción III, del Código Fiscal de la Federación y 20, primer párrafo, del Reglamento de ese Código, pues esos preceptos aluden a la responsabilidad solidaria de las personas que, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, tengan conferida la...

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