Tesis nº III-PSR-III-78 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 1995

Número de resoluciónIII-PSR-III-78
Fecha de publicación01 Abril 1995
Fecha01 Abril 1995
Número de registro19284
MateriaPROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año VIII. No. 88. Abril 1995. p. 19;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Si bien de conformidad con lo dispuesto por el artículo 149, primer párrafo, del Código Fiscal de la Federación, el Fisco Federal tendrá preferencia para recibir el pago de créditos provenientes de ingresos, que la Federación debió percibir, también lo es que dicho precepto establece como excepciones los adeudos garantizados con prenda o hipoteca, de alimentos, de salarios o sueldos devengados en el último año o de indemnizaciones a los trabajadores de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, por lo que si un trabajador demuestra a través del recurso de oposición al procedimiento administrativo de...

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