Tesis nº III-TASR-XII-II-66 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 1994

Número de resoluciónIII-TASR-XII-II-66
Fecha de publicación01 Enero 1994
Fecha01 Enero 1994
Número de registro17745
MateriaSEGURO SOCIAL
LocalizadorR.T.F.F. Año VII. No. 73. Enero 1994. p. 46;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El artículo 65, fracción III de la Ley del Seguro Social, prevé para el calculo de la incapacidad permanente parcial, que se otorgue a los asegurados, una pensión que debe calcularse conforme a la tabla de valuación de incapacidad contenida en la Ley Federal del Trabajo tomando como base el monto de la pensión que le corresponda a la incapacidad, además se establece en el mismo numeral, que el tanto por ciento de la incapacidad se fijará entre el máximo y el mínimo establecidos en dichas tablas, teniendo en cuenta los datos y elementos que se indican en el citado artículo. Lo anterior significa que la resolución que contiene el capital constitutivo debe señalar cuál es la fracción que de acuerdo con la tabla prevista en la Ley Laboral, se tomó en cuenta para fijar el monto de la pensión, igualmente debe indicar el porcentaje de incapacidad que de acuerdo con este mismo ordenamiento se haya fijado atendiendo al máximo y al mínimo establecidos en el artículo 514 de...

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