Tesis nº II-TASS-7977 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 1985

Número de resoluciónII-TASS-7977
Fecha de publicación01 Octubre 1985
Fecha01 Octubre 1985
Número de registro8749
MateriaRENTA,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año VII. No. 70. Octubre 1985. p. 327;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Si una empresa se encontraba obligada a cubrir las cuotas obrero patronales de conformidad con lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley del Seguro Social y del contrato colectivo de trabajo, dicho pago era deducible, con apoyo en lo dispuesto por el artículo 27, fracción I, segundo párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente en 1978, que señalaba expresamente que las aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social serían deducibles hasta por el monto total que le correspondiera pagar al causante conforme a la ley respectiva. La Ley del Seguro Social señalaba...

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