Tesis nº II-TASS-4835 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 1983

Número de resoluciónII-TASS-4835
Fecha de publicación01 Abril 1983
Fecha01 Abril 1983
Número de registro5221
MateriaPROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
LocalizadorR.T.F.F. Año V. No. 40. Abril 1983. p. 731;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de enero de 1980, se reformó el artículo 16 de la Ley citada para establecerse que los recursos en contra de multas por infracción a las disposiciones respectivas, serán resueltos por los funcionarios que designe el Secretario mediante acuerdo delegatorio de facultades. Sin embargo la posibilidad legal de realizar la delegación aludida, no nació con la vigencia de la mencionada reforma, sino que ya desde la Ley Orgánica de la Administración Pública, en vigor desde el 1o. de enero de 1977, se establece expresamente en su artículo 16, que corresponde originalmente al titular de la Secretaría de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, pero que éste podrá delegar sus facultades en cualesquiera de los funcionarios que se detallan. Esto significa que el Acuerdo Delegatorio de 16 de mayo de 1979 emitido por el Secretario de Comercio, y en el que precisamente delegó facultades para la resolución de los recursos administrativos en diversos funcionarios, de ninguna manera quedó sin efectos ni perdió su vigencia en virtud de la reforma sufrida por el artículo 16 de la Ley sobre Atribuciones del...

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