Tesis nº II-TASR-IX-483 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 1984

Número de resoluciónII-TASR-IX-483
Fecha de publicación01 Febrero 1984
Fecha01 Febrero 1984
Número de registro6454
MateriaSALA REGIONAL NORTE CENTRO,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año V. No. 50. Febrero 1984. p. 710;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Aunque la fracción V del artículo 202 del Código Fiscal de la Federación anterior, sólo autorizaba al Magistrado Instructor a requerir a las autoridades la exhibición de copia de la contestación de demanda y no copia de los anexos a la misma, el Instructor debe velar en todo porque exista equilibrio procesal y, en respeto estricto a la garantía de audiencia, requerir a la autoridad el envío de copias de los anexos de su contestación, sobre todo cuando se demanda una resolución negativa ficta, porque los referidos anexos son parte integrante de la contestación que el demandante debe conocer plenamente para poder fundar debidamente sus...

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