Tesis nº II-TASS-2533 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 1981

Número de resoluciónII-TASS-2533
Fecha de publicación01 Enero 1981
Fecha01 Enero 1981
Número de registro2326
MateriaSEGURO SOCIAL,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Nos. 16 y 17. Tomo II. Enero - Mayo 1981. p. 609;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Para la determinación de las prestaciones y pensiones a que tiene derecho un trabajador por el accidente de trabajo sufrido y que integran el capital constitutivo fincado por ese motivo al patrón, debe estarse a lo previsto por las disposiciones que formulan específicamente la procedencia de los capitales constitutivos, como lo son de la Ley del Seguro Social, excepto en lo relativo al cálculo de la pensión correspondiente cuando la incapacidad declarada sea parcial permanente ya que dicho cálculo deberá sujetarse a la tabla de valuación de incapacidad contenida en la Ley Federal del Trabajo, según lo establecía expresamente la fracción IV del artículo 37 de la Ley del Seguro Social, vigente en el año de 1969, pues al...

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