Tesis nº II-TASS-1605 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 1980

Número de resoluciónII-TASS-1605
Fecha de publicación01 Julio 1980
Fecha01 Julio 1980
Número de registro1398
MateriaPROCESAL,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año II. 13 a 15 Julio - Diciembre. Tomo II. 1980. p 526;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El artículo 229 del Código Fiscal de la Federación, establece la obligación de examinar la contestación de la demanda al dictarse la sentencia, y si al hacer su pronunciamiento la a quo consideró que no se contestó la ampliación de la demanda, y se prueba que sí se produjo dicha contestación en tiempo, al quedar acreditado que se cometió una violación de procedimiento, la sentencia recurrida debe ser revocada, para el efecto de que se reponga el procedimiento y se acuerde la referida...

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