Tesis nº III-TASS-1173 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 1989

Número de resoluciónIII-TASS-1173
Fecha de publicación01 Septiembre 1989
Fecha01 Septiembre 1989
Número de registro15674
MateriaPROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
LocalizadorR.T.F.F. Año II. No. 21. Septiembre 1989. p. 12
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Si bien es cierto que la S. Superior del Tribunal Fiscal de la Federación ha establecido en jurisprudencia definida que en las actas de visita domiciliaria debe hacerse constar que se requirió al visitado para que designara testigos, también lo es que por lógica ese criterio resulta aplicable a los casos en que no se especifica que fue el visitado quien designó a los testigos, pues si se asienta esa circunstancia, se cumple con lo establecido en el artículo 16 de la Constitución. De...

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