Tesis nº IV-TA-2aS-55 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 1999

Número de resoluciónIV-TA-2aS-55
Fecha de publicación01 Noviembre 1999
Fecha01 Noviembre 1999
Número de registro25526
MateriaADUANAL,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año II. No. 16. Noviembre 1999. p. 126;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todo acto administrativo debe ser emitido por autoridad competente. Ahora bien, con apoyo en este numeral y en la doctrina administrativa contemporánea, este Tribunal Fiscal de la Federación ha sustentado que la competencia de una autoridad concierne al conjunto de facultades que la propia Constitución o la Ley secundaria otorgan a determinado órgano del Estado. Por tanto, si quien se ostenta, como “Jefe de las Salas de Revisión Aduanal del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México”, practica un embargo precautorio, formulando el acta correspondiente con fundamento en los artículos 72 fracciones, XVII, XVIII, XXIV, XXVII y 114, fracciones VIII, XI y XVIII, del Reglamento Interior de la...

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