Tesis nº II-TASS-10371 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 1987

Número de resoluciónII-TASS-10371
Fecha de publicación01 Noviembre 1987
Fecha01 Noviembre 1987
Número de registro11390
MateriaPROCESAL,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año IX. No. 95. Noviembre 1987. p. 533;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Del análisis del precepto y fracción citados se concluye que la resolución impugnada en el juicio fiscal es ilegal cuando se demuestre: primero, la incompetencia del funcionario que la dictó u ordenó y, segundo, de quien tramitó el procedimiento del que deriva dicha resolución. T. de revisiones a contribuyentes que hayan presentado estados financieros dictaminados, el trámite del procedimiento se inicia cuando se requiere al contribuyente la información y la documentación a que se refieren los incisos c) y d) de la fracción I de los artículos...

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