Tesis nº II-TASS-6975 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Diciembre de 1984

Número de resoluciónII-TASS-6975
Fecha de publicación01 Diciembre 1984
Fecha01 Diciembre 1984
Número de registro7602
MateriaISSFAM,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año VI. No. 60. Diciembre 1984. p. 461;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El artículo 21 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, establece que, “los haberes de retiro, pensiones y compensaciones se cubrirán con cargo al Erario Federal. La cuantía de haberes de retiro y de pensiones, tal como la estén percibiendo los beneficiarios, se incrementará al mismo tiempo y en igual proporción en que aumenten los haberes de los militares en activo”. Ahora bien, si un militar retirado solicita a la Secretaría de Programación y Presupuesto, que se incremento su haber de retiro en la misma proporción en que se incrementaron los haberes de los militares en activo, dado el aumento otorgado por esa...

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