Tesis nº II-TASR-III-589 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Diciembre de 1984

Número de resoluciónII-TASR-III-589
Fecha de publicación01 Diciembre 1984
Fecha01 Diciembre 1984
Número de registro7627
MateriaPROCESAL,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año VI. No. 60. Diciembre 1984. p. 475;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El recurso de nulidad de notificaciones, por su propia naturaleza, no debe ser desechado por extemporaneidad en su presentación, toda vez que la controversia que se dilucida en el mismo, estriba en la legalidad o ilegalidad de la notificación, que es la sustancia de la resolución del asunto, y el dejarlo en su etapa procesal, desechándolo por extemporáneo, implica juzgar a priori sobre la legalidad de la notificación. Lo anterior se confirma con lo que disponía el artículo 165, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación anterior y lo que establece el artículo 129, tercer párrafo, del Código vigente, en cuanto que queda en suspenso el...

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