Tesis nº I-TS-8555 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 1977

Número de resoluciónI-TS-8555
Fecha de publicación01 Enero 1977
Fecha01 Enero 1977
Número de registro37530
MateriaRENTA
LocalizadorR.T.F.F. No. 481 - 486. Enero 1977 - Julio 1978. p. 142;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

No se requería autorización de las autoridades fiscales en 1967, de las bases para la constitución de los mismos. En el año de 1967 no se necesitaba autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que las empresas pudieran deducir las aportaciones para la constitución del fondo de pensiones y jubilaciones del personal, puesto que este requisito se estableció hasta la reforma del artículo 25 de la ley de la materia, publicada en el Diario Oficial de la Federación de 19 de noviembre de 1974.

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