Tesis nº I-TS-6062 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 1956

Número de resoluciónI-TS-6062
Fecha de publicación01 Abril 1956
Fecha01 Abril 1956
Número de registro33514
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año XX. No. 231 - 234. Abril - Junio 1956. p. 110
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El S.M.A. de la Parra, compareció ante este H. Tribunal en los términos de su escrito de fecha 22 de junio del corriente año, en su carácter de representante legal de INMUEBLES BANAMEX, S.A. DE C.V., personalidad que tiene debidamente reconocida en autos, demandando la nulidad de la resolución dictada por el Departamento del Impuesto sobre Traslación de Dominio de bienes inmuebles, de la Tesorería del D.F., contenida en oficio No. 561, expediente F/7 cuenta 10-2909 de fecha 2 de junio del corriente año, en virtud de la cual se le negó a su representada la exención del Impuesto sobre traslación de dominio con relación a la operación de compraventa celebrada con crédito Bursátil S.A., respecto a la casa número 69 de la avenida 16 de septiembre de esta Ciudad. Manifiesta el representante de la actora que por escritura No. 12757, pasada ante la fe del Notario público No. 46 señor L.. L.C., con fecha 26 de febrero del corriente año, celebraron contratos de fideicomiso inmuebles B.S.A., de C.V. como fideicomitente y Crédito Bursátil S.A. como fideicomisaria: que en el mismo instrumento se consignó también el contrato de compra-venta celebrado entre la señora M.J.S. de Usobiaga y Crédito Bursátil S.A. como fiduciaria de inmuebles B., S.A. de C.V. que la celebración del fideicomiso antes señalado tuvo como finalidad que la fiduciaria adquiriera la casa No. 69 de la Avenida 16 de septiembre de esta Capital, de la señora mencionada anteriormente, con el objeto de transmitir la propiedad de dicho inmueble a inmuebles B., S.A., de C.V. una vez que esta última sociedad estuviera capacitada para llevar a cabo tal adquisición, por haber obtenido los permisos correspondientes de la Comisión Nacional Bancaria y de la Secretaría de Relaciones Exteriores; que en virtud de la misma escritura, la señora mencionada vendió a crédito Bursátil S.A. la que compró como fiduciaria de Irmuebles Banamex S.A. de C.V. por cuenta de esta, y para la finalidad exclusiva del fideicomiso antes estipulado, el inmueble marcado con el No. 69 de la Avenida 16 de septiembre de cate Capital; que con fundamento en el artículo 445 fracción I de la Ley de Hacienda del Departamento del D.F., la citada señora como enajenante del bien inmueble señalado, pagó el impuesto de traslación de dominio sobre bienes inmuebles según nota del Notario Público No.46 del Distrito Federal autorizado por el Departamento correspondiente el día 25 de marzo del corriente año. Que su representada obtuvo...

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