Tesis nº I-TS-6054 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 1956

Número de resoluciónI-TS-6054
Fecha de publicación01 Abril 1956
Fecha01 Abril 1956
Número de registro33506
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año XX. No. 231 - 234. Abril - Junio 1956. p. 83
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

La procuraduría Fiscal de la Federación en su oficio de contestación a la demanda indica que es procedente sobreseer este juicio en virtud de que el artículo 32 del Código Aduanero establece que para el despacho de toda clase de productos y gestiones relacionadas con las mercancías, se reconoce personalidad a los Agentes Aduanales que actúan como consignatarios o mandatarios según se desprende de la fracción III de dicho precepto y a su vez el artículo 33 del mismo ordenamiento, estipula que los servicios de los Agentes se regirán por las disposiciones contenidas en el Título 18 del mismo ordenamiento, capítulo que en su parte relativa y concretamente en el artículo 702 establece la prohibición consistente en que dichos A. no podrán substituir el mandato o el cargo conferido y agrega que se debe concluir que los Agentes Aduanales limitada y específicamente están facultados para intervenir en las tramitaciones aduaneras del despacho de mercancías que van desde su ingreso, al país, liquidación, pago de impuestos y su final salida del recinto fiscal de ellos de tal modo que cualquiera otra gestión que posteriormente se haga no debe entenderse como dentro de las precisas facultades de su mandato y por tal modo el ejercicio de la acción de devolución debe considerarse como fuera de sus atribuciones, de tal manera que las resoluciones que por ese motivo lleguen a impugnar ante este Tribunal, indudablemente no les irroga perjuicio de ninguna naturaleza, no existiendo interés jurídico para el ejercicio de la acción y por tal motivo debe sobreseerse este juicio. El C. Magistrado Ponente estima que debe desecharse el sobreseimiento planteado por la demandada en virtud de que de acuerdo con el...

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