Tesis nº I-TS-5394 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 1951

Número de resoluciónI-TS-5394
Fecha de publicación01 Enero 1951
Fecha01 Enero 1951
Número de registro32831
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año XV. No. 169 - 180. Enero - Diciembre 1951. p. 127
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El problema jurídico planteado en el presente juicio consiste en determinar si la operación de compraventa realizada por la sociedad actora es objeto del Impuesto de Traslación de Bienes Inmuebles.- Al respecto, la Sala estima que debe estarse a lo que previene el artículo 154 de la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares, que expresamente exceptúa del pago de los impuestos, con excepción de los señalados en esa disposición legal, a las Instituciones de Crédito como es la empresa actora.- No es procedente el argumento de la autoridad demandada en el sentido de que la operación de compraventa realizada por la actora no es materia del objeto de esa Institución de Crédito, porque si se examina el artículo 141 de la propia ley, se observará que en todos aquellos casos en que las instituciones de crédito hipotecario tengan como garantía inmuebles, deberán proceder, a su elección, para obtener el cobro de dichos créditos, en la vía ejecutiva mercantil, en la vía sumaria hipotecaria, vendiendo la finca mediante corredor, al precio que se hubiere señalado en el contrato, o mediante remate al martillo, en los términos de la fracción siguiente y, para efectuar esta venta se procederá a notificar al deudor ante Notario o en vías de jurisdicción voluntaria, la venta que...

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