Tesis nº I-TS-5357 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 1951

Número de resoluciónI-TS-5357
Fecha de publicación01 Enero 1951
Fecha01 Enero 1951
Número de registro32794
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año XV. No. 169 - 180. Enero - Diciembre 1951. p. 86
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

La Sala estima que debe declararse la nulidad de la resolución impugnada en el presente juicio; en efecto, tiene razón la parte actora al sostener que de acuerdo con el artículo 2º del Reglamento sobre Pago de Cuotas no estuvo obligado a cubrir al Instituto Mexicano del Seguro Social cuota alguna por este concepto por la semana comprendida entre el 2 y el 8 de abril de 1950, pues como se desprende del acta Núm. 865 practicada por el C.I.J.L., I. de Afiliación de la Caja Regional del Seguro Social en Puebla, Pue., durante dicha semana se dejó de laborar por todos los trabajadores de la empresa actora, de aquí pues, relacionando este hecho concreto con el abstracto señalado en el artículo 2° del Reglamento de Pago de Cuotas que expresamente establece: “Cuando un trabajador no labora en una semana más de dos días, ni él ni su patrón cotizarán por esa semana”, debe concluirse que la parte actora no está obligada al entero de las cuotas del Seguro Social por el plazo mencionado. Por otra parte, el argumento sostenido por la autoridad...

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