Tesis nº I-TS-3140 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 1938

Número de resoluciónI-TS-3140
Fecha de publicación01 Agosto 1938
Fecha01 Agosto 1938
Número de registro30113
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año II. No. s/n. Agosto - Diciembre 1938. p. 3144
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Tiene un elemento esencial que le distingue del contrato de arrendamiento de manera evidente: según el artículo 2741 del Código Civil para el Distrito Federal, en la aparcería se reparten los frutos entre el propietario del fundo y el aparcero con el porcentaje que convengan, en la inteligencia de que por fruto no sólo debe entenderse lo que produce la tierra directamente, sino que, entre otras cosas, bien puede ser la estimación en efectivo que de dichos productos se haga, ya que este pacto no modifica en modo alguno la esencia misma del elemento de la aparcería que nos ocupa: en tanto que en el arrendamiento, conforme el principio consagrado en el artículo 2398 del Código Civil, el arrendatario está obligado a pagar el uso o goce de la cosa que recibe del arrendador, a un precio...

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