Tesis nº V-TASR-XXVI-2990 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2007

Número de resoluciónV-TASR-XXVI-2990
Fecha de publicación01 Septiembre 2007
Fecha01 Septiembre 2007
Número de registro42292
MateriaREGLAMENTO DE LA LEY ADUANERA
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año VII. No. 81. Septiembre 2007. p. 186;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 66 fracción I, del Reglamento de la Ley Aduanera, cuando con motivo de un reconocimiento aduanero, segundo reconocimiento, verificación de mercancías en transporte o visita domiciliaria, sea necesaria la toma de muestras de las mercancías a fin de identificar su composición cualitativa o cuantitativa, uso, proceso de obtención o características físicas, la aduana respectiva deberá enviar un ejemplar de la muestra a la autoridad competente para que lleve a cabo el análisis de la misma. Atento a lo anterior, el dictamen rendido por la Administración Central de Laboratorio y Servicios Científicos de la Administración General de Aduanas, deriva de la potestad que le confiere el artículo 10, fracción XIX del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria en vigor, en el sentido de proporcionar un servicio de asistencia técnica a las dependencias oficiales en materia de muestreo, de lo cual se desprende que nos encontramos ante la...

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