Tesis nº V-P-1aS-386 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Mayo de 2007

Número de resoluciónV-P-1aS-386
Fecha de publicación01 Mayo 2007
Fecha01 Mayo 2007
Número de registro41848
MateriaLEY ADUANERA
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año VII. No. 77. Mayo 2007. p. 47;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El artículo 43 de la Ley Aduanera establece que cuando con motivo de la activación del mecanismo de selección automatizado éste imponga la práctica del reconocimiento aduanero de las mercancías presentadas, la autoridad aduanera está obligada a efectuarlo ante la persona que las presente en el recinto fiscal, lo cual implica se realice en el momento mismo en que esto suceda, es decir, en forma inmediata, ya que es precisamente en ese momento cuando se tiene la oportunidad de advertir la existencia de alguna irregularidad, por tanto, cuando se debe levantar el acta circunstanciada a que se refiere el artículo 46 de la misma ley, para dar a conocer al interesado los hechos u omisiones detectados, a fin de que éste, dentro del plazo que la propia ley señala, manifieste lo que a su interés convenga, pues el hecho de que la...

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