Tesis nº V-TASR-XII-II-2780 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Mayo de 2007

Número de resoluciónV-TASR-XII-II-2780
Fecha de publicación01 Mayo 2007
Fecha01 Mayo 2007
Número de registro41929
MateriaLEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año VII. No. 77. Mayo 2007. p. 627;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El artículo 24, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente en el ejercicio fiscal de 1999, disponía que son requisitos para la procedencia de las deducciones que éstas se comprueben con documentación que reúna los requisitos que señalen las disposiciones fiscales relativas a la identidad y domicilio de quien los expida, así como de quien adquirió el bien de que se trate o recibió el servicio; y, que únicamente en el caso de contribuyentes que en el ejercicio inmediato anterior hubieran obtenido ingresos acumulables superiores a $969,478.00, los pagos se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, entendiéndose como tal en términos del artículo 179 penúltimo y último párrafos de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito aquel que indica a favor de quién se expide. En este contexto y con base en el principio de excepción que prevé la norma legal invocada, todos los contribuyentes que no hayan obtenido ingresos acumulables por la cantidad citada podrán pagar el gasto materia de...

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