Tesis nº V-P-2aS-787 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2007

Número de resoluciónV-P-2aS-787
Fecha de publicación01 Octubre 2007
Fecha01 Octubre 2007
Número de registro42338
MateriaLEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año VII. No. 82. Octubre 2007. p. 259;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Cuando en el incidente el Magistrado Instructor hubiese decretado la suspensión provisional de la ejecución del acto impugnado en el juicio contencioso administrativo y al resolverse el recurso de reclamación el Órgano Jurisdiccional competente se percate de que existen violaciones sustanciales en el procedimiento que deben ser subsanadas, deberá ordenarse la reposición del procedimiento y...

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