Tesis nº V-P-2aS-375 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2005

Número de resoluciónV-P-2aS-375
Fecha de publicación01 Enero 2005
Fecha01 Enero 2005
Número de registro39453
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año V. Tomo I. No. 49. Enero 2005. p. 154
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Conforme el artículo 73 del Código Fiscal de la Federación, no se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones fiscales fuera de los plazos señalados por las disposiciones fiscales. Por tanto, si en un juicio contencioso administrativo, queda debidamente acreditado que la actora presentó de forma espontánea y previo al requerimiento efectuado por la autoridad aduanera, el certificado de origen correspondiente a la importación que originó la...

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