Tesis nº VII-P-2aS-186 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2012

Número de resoluciónVII-P-2aS-186
Fecha de publicación01 Julio 2012
Fecha01 Julio 2012
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 12. Julio 2012. p. 192
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

La interpretación sistemática a lo establecido en los artículos 238 y 239 del Código Fiscal de la Federación, permite concluir que este Tribunal se encuentra autorizado para declarar la nulidad de la resolución impugnada, únicamente cuando se acredite alguna de las causales de ilegalidad que señala el primero, por lo que es inoperante el concepto de impugnación que esté encaminado a que se declare la nulidad de la resolución impugnada por supuestos vicios que se atribuyen a un acto distinto de aquélla como es su notificación, ya que el citado artículo 238, no establece este hecho como una causal de ilegalidad del acto controvertido, lo que se robustece si se...

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