Tesis nº VII-TA-2aS-5 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2013

JuezAislada, Segunda Sección
MateriaLEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Fecha01 Julio 2013
Fecha de publicación01 Julio 2013
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 24. Julio 2013. p. 163
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVII-TA-2aS-5

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

VII-TA-2aS-5

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (TEXTO VIGENTE EN EL 2001). COMISIONES CON MOTIVO DE APERTURA O GARANTA DE CRDITOS. IDONEIDAD DE LA PRUEBA PARA DEMOSTRAR QUE SE TRATA DE COMISIONES DIVERSAS.-

De conformidad con los artculos 144, 154 y 154-C de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente en el ao 2001, los pagos efectuados por residentes nacionales a extranjeros, derivados de comisiones con motivo de apertura o garanta de crditos, se consideran ingresos por intereses; en ese sentido, los contribuyentes (residentes extranjeros) se encuentran obligados al pago de la contribucin correspondiente, acorde a la tasa de retencin que aplique, de las que refiere el ltimo numeral mencionado. Luego entonces, si en juicio se sostiene la no existencia de dicha obligacin al ser los pagos comisiones por servicios de agente administrador de un crdito concedido por residentes en el extranjero, esto es, de diversa naturaleza a las comisiones objeto del gravamen, corresponde a la accionante demostrar su afirmacin; lo que no se logra si del elemento de prueba en que se pactan y establecen las comisiones enteradas al residente en el extranjero, no se desprende expresamente el concepto por el que se realizaron los pagos de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR