Tesis nº VII-P-SS-96 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2013

JuezPrecedente, Pleno
MateriaLEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTOCONTENCIOSO ADMINISTRATIVO,Derecho Fiscal
Fecha01 Julio 2013
Fecha de publicación01 Julio 2013
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 24. Julio 2013. p. 124
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVII-P-SS-96

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTOCONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

VII-P-SS-96

DESISTIMIENTO DE LA INSTANCIA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. PROCEDE DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DEL JUICIO.-

Cuando el promovente del juicio se desiste expresamente de la instancia desaparecen todas las consecuencias producidas por esa presentacin, debido a que el desistimiento tiene como efecto que las cosas vuelvan jurdicamente al estado que guardaban hasta antes de la presentacin de la demanda; ello es as pues dentro de la doctrina procesal, el desistimiento ha sido considerado como la renuncia al ejercicio de una accin, el abandono de una instancia o de la reclamacin de un derecho, lo que implica que el desistimiento de la instancia slo da por terminado el proceso relativo. Adems de que el desistimiento de la accin no es un deber sino un derecho, que el actor conserva para desistirse de la demanda o parte de ella, en el momento que lo considere conveniente, mientras no se dicte sentencia, y ese desistimiento extingue la...

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