Tesis nº VII-P-1aS-646 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 2013

JuezPrecedente, Primera Sección
MateriaREGLAMENTO DEL SERVICIO FERROVIARIO,Derecho Fiscal
Fecha01 Agosto 2013
Fecha de publicación01 Agosto 2013
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 25. Agosto 2013. p. 181
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVII-P-1aS-646

REGLAMENTO DEL SERVICIO FERROVIARIO

VII-P-1aS-646

ARTCULO 114 DEL REGLAMENTO DEL SERVICIO FERROVIARIO. ELEMENTOS PARA DETERMINAR LAS CONTRAPRESTACIONES ENTRE CONCESIONARIOS DE VAS FRREAS POR LOS DERECHOS DE PASO OBLIGATORIOS.-

Del artculo 114 del Reglamento del Servicio Ferroviario, se desprende que la Secretara de Comunicaciones y Transportes est facultada para determinar los elementos que estime necesarios para fijar las contraprestaciones por los derechos de paso obligatorios, entre otros, los costos de mantenimiento de la infraestructura y del control de trfico; el incremento de los costos que se causen en virtud de la interferencia en la operacin; la amortizacin de las inversiones directamente relacionadas con el tramo en cuestin, una utilidad razonable y los costos inherentes a la atraccin. As, la expresin "entre otros" que contiene el artculo 114 del Reglamento del Servicio Ferroviario, faculta a la Secretara de Comunicaciones y Transportes para que de manera discrecional, pueda considerar otros elementos para determinar las...

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