Tesis nº V-TASR-XXVI-2222 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2006

Número de resoluciónV-TASR-XXVI-2222
Fecha de publicación01 Septiembre 2006
Fecha01 Septiembre 2006
Número de registro40960
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año VI. No. 69. Septiembre 2006. p. 218
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El artículo 59 del Código Fiscal de la Federación establece diversos supuestos en los cuales se pueden apoyar las autoridades a efecto de llevar a cabo en forma presuntiva la comprobación de los ingresos, o del valor de los actos, actividades o activos por los que se deban pagar contribuciones. Así mismo se advierte del precepto legal en comento y concretamente de su fracción III, que los depósitos en la cuenta bancaria del contribuyente que no correspondan a registros de su contabilidad que esté obligado a llevar, son ingresos y valor de actos o actividades por los que se deben pagar contribuciones. Por tanto, a efecto de que se actualice la hipótesis prevista en la fracción III del artículo 59 del Código Fiscal de la Federación, se requieren como elementos indispensables, en primer término, que existan depósitos en la cuenta bancaria del contribuyente que no correspondan a sus registros de contabilidad y en segundo término, que el contribuyente esté obligado a llevar contabilidad. Así las cosas, si no se acredita que un contribuyente esté obligado a llevar contabilidad por los demás ingresos que percibe como persona física sujeta al régimen de honorarios asimilados a salarios, es inconcuso que la autoridad fiscalizadora no se puede apoyar...

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