Tesis nº V-TASR-XXIII-2276 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 2006

Número de resoluciónV-TASR-XXIII-2276
Fecha de publicación01 Noviembre 2006
Fecha01 Noviembre 2006
Número de registro41046
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año VI. No. 71. Noviembre 2006. p. 93
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

La jurisprudencia sustentada por el Segundo Tribunal Colegiado del Octavo Circuito y consultable en la página 1650 del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVII, Enero de 2003, que es del rubro: “INFORMACIÓN O DATOS REQUERIDOS POR LAS AUTORIDADES FISCALES. HIPÓTESIS DE PROCEDENCIA DE LA SANCIÓN POR OMITIR PROPORCIONARLOS.- (...)”, en su texto define que, para el caso de que el contribuyente visitado exhiba la documentación requerida fuera del plazo que se le concedió para tal efecto, pero antes de la imposición y notificación de la multa correspondiente, la autoridad se encuentra impedida para sancionar al particular, a pesar de haberse presentado la documentación o información fuera del plazo concedido, porque precluye su derecho para hacerlo; sin embargo, este supuesto no opera para el caso de la documentación que forma parte de la contabilidad del contribuyente, y de la que tiene obligación de presentar de forma inmediata al inicio del ejercicio de las facultades de fiscalización de la autoridad conforme a lo dispuesto en el artículo 53, inciso a) del Código Fiscal de la Federación, pues la jurisprudencia en comento, se refiere a un requerimiento de información en donde se le conceden al contribuyente, quince días para proporcionar la documentación requerida...

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