Tesis nº V-J-2aS-2 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2002

Número de resoluciónV-J-2aS-2
Fecha de publicación01 Enero 2002
Fecha01 Enero 2002
Número de registro26453
MateriaPROCESAL,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año II. No. 13. Enero 2002. p. 9;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de la jurisprudencia 16/2000, ha interpretado que de acuerdo con los artículos 145 a 151 del Código Fiscal de la Federación, tratándose del incumplimiento en el pago en parcialidades autorizadas al contribuyente, respecto de un crédito fiscal autodeterminado, la autoridad debe, antes de iniciar el procedimiento administrativo de ejecución, dictar una resolución administrativa que demuestre la existencia de una obligación patrimonial determinada, líquida y exigible, ya que se requiere de la existencia de un título ejecutivo que traiga aparejada ejecución para legitimar el inicio de dicho procedimiento. En consecuencia, tratándose del incumplimiento del pago en parcialidades autorizado, resulta innecesario que la autoridad ejerza...

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