Tesis nº VI-TASS-37 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2009

Número de resoluciónVI-TASS-37
Fecha de publicación01 Julio 2009
Fecha01 Julio 2009
Número de registro51406
MateriaTRATADOS INTERNACIONALES,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año II. No. 19. Julio 2009. p. 305;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El artículo 1 de la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados establece que “(…) se entiende por ‘tratado’ un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular”; ahora bien, para tener derecho a la aplicación de un beneficio previsto en un Convenio para evitar la doble imposición e impedir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta, corresponderá a quien argumenta la aplicación de dicho beneficio, acreditar no sólo la residencia extranjera en otro Estado contratante, sino que se cumple con las disposiciones del mismo Tratado, por tanto, para una interpretación adecuada las partes pueden tomar en cuenta los Comentarios del Modelo de Convenio para evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), que tienen como...

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