Tesis nº V-TASR-XXXIV-1072 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 2004

Número de resoluciónV-TASR-XXXIV-1072
Fecha de publicación01 Abril 2004
Fecha01 Abril 2004
Número de registro40475
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año IV. Tomo II. No. 40. Abril 2004. p. 738
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Si bien es cierto que el artículo 38, fracción III del Código Fiscal de la Federación, establece que los actos administrativos que se deban notificar deben cumplir, entre otros, con el estar fundados y motivados y expresar la resolución, objeto o propósito de que se trate, no menos cierto es que el mismo, únicamente se refiere a actos administrativos que se deban notificar, y no a los actos preparatorios a la notificación de dichos actos, como en el caso lo sería el citatorio previo a la notificación de la solicitud de documentación e información de documentos, con el cual la autoridad demandada pretendió dar inicio a sus facultades de comprobación, pues en todo caso, será en dicho acto administrativo (solicitud de documentación), en donde se deban establecer los fundamentos y motivos para su emisión, resultando innecesario que en el citatorio previo a la notificación de la misma, se señalen éstos, pues éste, como ya se ha dicho constituye sólo un acto preparatorio de dicha notificación y no en sí un acto que afecte en la esfera jurídica de la persona a la que dirige, de manera directa e inmediata, pues dicha afectación únicamente puede darse, a través del oficio que se pretende notificar y no a través del acto previo a su entrega, por lo que este último, es decir el citatorio que como medio preparatorio previsto en la ley, que para la legal notificación de los actos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR