Tesis nº V-TASR-XXVIII-1246 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2004

Número de resoluciónV-TASR-XXVIII-1246
Fecha de publicación01 Septiembre 2004
Fecha01 Septiembre 2004
Número de registro39134
MateriaLEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año IV. No. 45. Septiembre 2004. p. 307
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

De conformidad con el artículo 77, fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta se debe considerar el salario mínimo general vigente en el área geográfica del contribuyente en cada uno de los meses correspondientes multiplicarlo por 9 para obtener la exención diaria y después multiplicarlo por 30 para obtener la exención mensual y restárselo a la cantidad percibida en el mes correspondiente a la percepción por jubilación, una vez hecho lo anterior, en caso de que hubiera algún excedente, entonces, únicamente sobre esa cantidad excedente se causará el impuesto sobre la renta, en términos de lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 78 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, mismo que deberá calcularse conforme al procedimiento establecido por los artículos 80, 80-A y 80-B de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y causarse en términos de lo dispuesto por el penúltimo párrafo del artículo 78 de la misma Ley del...

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