Tesis nº V-TASR-XXXIII-1383 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 2004

Número de resoluciónV-TASR-XXXIII-1383
Fecha de publicación01 Noviembre 2004
Fecha01 Noviembre 2004
Número de registro39375
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año IV. No. 47. Noviembre 2004. p. 503
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El artículo 239-C del Código Fiscal de la Federación, establece que “La parte que estime contradictoria, ambigua u obscura una sentencia definitiva del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, podrá promover por una sola vez su aclaración dentro de los diez días siguientes a aquel en que surta efectos su notificación. La instancia deberá señalar la parte de la sentencia cuya aclaración se solicita e interponerse ante la Sala o Sección que dictó la sentencia, la que deberá resolver en un plazo de cinco días siguientes a la fecha en que fue interpuesto, sin que pueda variar la sustancia de la sentencia. La aclaración no admite recurso alguno y se reputará parte de la sentencia recurrida y su interposición interrumpe el término para su impugnación. En consecuencia, si el aclarante argumenta que la resolución impugnada que aparece en el resultando...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR