Tesis nº V-TASR-XXVI-604 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Mayo de 2003

Número de resoluciónV-TASR-XXVI-604
Fecha de publicación01 Mayo 2003
Fecha01 Mayo 2003
Número de registro38052
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año III. Tomo II. No. 29. Mayo 2003. p. 613
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

De los artículos 154 y 211 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se desprende que el contador que elabora un dictamen pericial contable debe sujetarse a las bases que, en su caso, fije la ley, y en el caso el Código Fiscal de la Federación no establece regla alguna respecto a la forma en que se debe presentar el dictamen, por tanto hemos de acudir a los principios de contabilidad generalmente aceptados en los que se dispone entre otras circunstancias, que la información contable debe agotar las características de ser útil y confiable, la utilidad de la información contable se basa en la veracidad, que abarca la inclusión de eventos realmente sucedidos, y la confiabilidad es el crédito que se le da a la información en cuanto es verificable, siendo necesario que se mencione en qué documentos se practicó el análisis, pues al no darse tales elementos, no existe una razón lógica para llegar a conclusión alguna, y menos aún para obtener resultados, pues no es suficiente...

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