Tesis nº VI-P-1aS-363 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2010

Número de resoluciónVI-P-1aS-363
Fecha de publicación01 Septiembre 2010
Fecha01 Septiembre 2010
Número de registro53260
MateriaLEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año III. No. 33. Septiembre 2010. p. 21;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Tomando en consideración que la finalidad de las medidas cautelares es mantener la situación de hecho existente, a fin de evitar que con la ejecución del acto controvertido quede sin materia el proceso, es dable advertir que la suspensión de la ejecución del acto impugnado contemplada por el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, tiene como propósito mantener las cosas en el estado en que se encuentren al momento de solicitarse la suspensión, para proteger la materia del juicio contencioso administrativo, en tanto se dicte la sentencia correspondiente, por lo que los efectos de la suspensión consisten en paralizar los actos de ejecución que deriven del acto administrativo controvertido. Luego entonces, si en el juicio se controvierte una resolución a través de la cual se impone una sanción administrativa consistente en la...

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