Tesis nº VI-TASR-XL-37 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 2010

Número de resoluciónVI-TASR-XL-37
Fecha de publicación01 Noviembre 2010
Fecha01 Noviembre 2010
Número de registro53584
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año III. No. 35. Noviembre 2010. p. 523;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

En concordancia con la tesis de Jurisprudencia 2a./J. 160/2005 de la Segunda Sala del Máximo Tribunal del País, de rubro “COMPROBANTES FISCALES. EL CONTRIBUYENTE A FAVOR DE QUIEN SE EXPIDEN SÓLO ESTÁ OBLIGADO A VERIFICAR CIERTOS DATOS DE LOS QUE CONTIENEN”, donde medularmente se sostiene que el usuario del documento debe cerciorarse de que los datos previstos en el artículo 29-A fracción I del Código Fiscal de la Federación se contengan impresos en el comprobante relativo, ya que de ello deriva la procedencia de la deducción o el acreditamiento del tributo y que por ello dicho cercioramiento únicamente vincula al contribuyente, a favor de quien se expide el comprobante, a verificar que esos datos estén impresos en el documento y no la comprobación del cumplimiento de los deberes fiscales a cargo del emisor.- En esa virtud, debe considerarse que los artículos 29 y 29-A, fracción I, del Código Fiscal de la Federación no establecen a cargo de la persona que recibe el comprobante del bien...

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