Tesis nº VI-TASR-XXXVII-143 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2010

Número de resoluciónVI-TASR-XXXVII-143
Fecha de publicación01 Octubre 2010
Fecha01 Octubre 2010
Número de registro53405
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año III. No. 34. Octubre 2010. p. 457;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El referido párrafo del artículo 76 en cita establece que cuando la comisión de una o varias infracciones origine la omisión total o parcial en el pago de contribuciones, y sea descubierto por las autoridades fiscales mediante el ejercicio de sus facultades, se aplicará una multa del 55% al 75% de las contribuciones omitidas, y de conformidad con lo establecido en el primer párrafo del artículo 71 del Código Fiscal de la Federación, se puede concluir que una infracción se puede actualizar no solo por actualizarse la hipótesis prevista que se considera como tal en un dispositivo normativo, sino por la omisión del cumplimiento de obligaciones previstas en las disposiciones legales, razón por la cual las autoridades fiscales al imponer una multa con fundamento en el artículo 76 primer párrafo del Código Fiscal de la...

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