Tesis nº VI-TASR-XL-28 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2010

Número de resoluciónVI-TASR-XL-28
Fecha de publicación01 Julio 2010
Fecha01 Julio 2010
Número de registro53138
MateriaLEY ADUANERA,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año III. No. 31. Julio 2010. p. 289;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El artículo 120, fracción III, de la Ley Aduanera, establece que las mercancías en depósito fiscal podrán retirarse del lugar de almacenamiento para retornarse al extranjero. Asimismo, la regla 3.6.12, de las Reglas de C. General en Materia de Comercio Exterior, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2007, establece el procedimiento respectivo y, conforme a lo establecido en los numerales 1 y 2 de la regla general citada, el apoderado del almacén general de depósito debe promover el pedimento de extracción y presentarlo ante los módulos bancarios establecidos en las aduanas y ante el mecanismo de selección automatizado, sólo para registrar la fecha de inicio y el plazo de tránsito. En tal virtud, los trámites...

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