Tesis nº VI-TASR-XXIII-33 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2010

Número de resoluciónVI-TASR-XXIII-33
Fecha de publicación01 Julio 2010
Fecha01 Julio 2010
Número de registro53112
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año III. No. 31. Julio 2010. p. 262;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Si la resolución impugnada en el juicio, es la que con fundamento en el artículo 127 del Código Fiscal, desecha el recurso de revocación, intentado en contra de actos del procedimiento administrativo de ejecución, por no haberse publicado la convocatoria de remate, alegando la autoridad que no actos definitivos; dicho argumento es infundado porque el acto impugnado en el juicio, no son los actos del procedimiento administrativo de ejecución, sino la recaída al recurso, que sí es definitiva y por ello la solicitud de sobreseimiento es infundada.

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