Tesis nº VI-TASR-XXX-53 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2010

Número de resoluciónVI-TASR-XXX-53
Fecha de publicación01 Julio 2010
Fecha01 Julio 2010
Número de registro53070
MateriaLEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año III. No. 31. Julio 2010. p. 217;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El artículo 17 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, prevé las reglas generales para determinar la acumulación de ingresos, por parte de las personas morales residentes en el país, incluida la asociación en participación. Por su parte el diverso artículo 18 de dicha Ley, señala que para efectos del artículo 17 de la Ley de la materia, se considera que los ingresos se obtienen en aquellos casos no previstos en otros artículos de la misma, en las fechas que ahí se señalen. Por último, el diverso artículo 19 de la Ley en mención, prevé un régimen específico de acumulación de ingresos, para aquellos contribuyentes que los obtengan por la celebración y ejecución de un contrato de obra inmueble, indicándose que este tipo de contribuyentes, considerarán acumulables los ingresos provenientes de dichos contratos, en la fecha en que las estimaciones por obra ejecutada sean autorizadas o aprobadas para que proceda su cobro, siempre y cuando el pago de dichas estimaciones tengan lugar dentro de los tres meses siguientes a su aprobación o autorización, indicándose que también serán considerados ingresos acumulables, además de los señalados previamente, cualquier pago recibido en efectivo, en bienes o en servicios, ya sea por concepto de anticipos, depósitos o garantías del...

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