Tesis nº VI-P-SS-301 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Junio de 2010

Número de resoluciónVI-P-SS-301
Fecha de publicación01 Junio 2010
Fecha01 Junio 2010
Número de registro52910
MateriaLEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año III. No. 30. Junio 2010. p. 30;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El artículo 136 de la Ley de la Propiedad Industrial establece que el titular de una marca registrada o en trámite podrá conceder, mediante convenio, licencia de uso a una o más personas, con relación a todos o algunos de los productos o servicios a los que se aplique dicha marca. La licencia deberá ser inscrita en el Instituto para que pueda producir efectos en perjuicio de terceros. El artículo 141 de dicha Ley previene que el uso de la marca por el usuario que tenga concedida licencia inscrita en el Instituto se considerará como realizado por el titular de la marca. Conforme a dichos preceptos la licencia es para usar la marca respecto de los productos o servicios que ampare pero no para comercializar los productos amparados por la misma. Por lo que, si en un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR