Tesis nº VI-TASR-XXIX-48 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 2010

Número de resoluciónVI-TASR-XXIX-48
Fecha de publicación01 Abril 2010
Fecha01 Abril 2010
Número de registro52717
MateriaREGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año III. No. 28. Abril 2010. p. 174;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Si el patrón señaló en el “REPORTE DE LA ACTIVIDAD O ACTIVIDADES, CLASIFICACIÓN Y GRADO DE RIESGO DE LA EMPRESA DICTAMINADA”.- que realiza la actividad consistente en trabajos de topografía así como levantamiento de planos geográficos y además manifestó utilizar material de campo, como palas, picos, brújulas, teodolitos y vehículos para transporte; por tanto, es correcto que la autoridad haya clasificado a la empresa dentro del Grupo 41, C.V., fracción 412 del Catálogo de Actividades previsto en el artículo 196 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, correspondiente a “Construcciones de obras de infraestructura y edificaciones en obra pública”, pues dentro del catálogo de actividades en dicho grupo se encuentra prevista, específicamente, la actividad consistente en “topografía”.- Por ello, es incorrecto que la empresa...

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