Tesis nº V-TASR-XV-311 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2003

Número de resoluciónV-TASR-XV-311
Fecha de publicación01 Enero 2003
Fecha01 Enero 2003
Número de registro37622
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año III. No. 25. Enero 2003. p. 250
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El artículo 43 del Código Fiscal de la Federación, en su fracción II, establece que la orden de visita, además de los requisitos a que se refiere el artículo 38, del mismo Código, deberá indicar el nombre de la persona o persona que debe efectuar la visita. No obstante lo anterior, el hecho de que en una orden de visita domiciliaria se haga referencia a quienes deban efectuarla como visitadores, haciéndose constar sus nombres, tal circunstancia no conlleva a determinar la ilegalidad de la misma, puesto que no debe perderse de vista que el carácter de visitador y las facultades correspondientes, se adquieren al ser designados para ese efecto en la orden de visita...

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