Tesis nº V-TASR-XXXII-428 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 2003

Número de resoluciónV-TASR-XXXII-428
Fecha de publicación01 Abril 2003
Fecha01 Abril 2003
Número de registro37829
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año III. No. 28. Abril 2003. p. 372;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Cuando un gobernado alegue que es ilegal una resolución porque se basa en una orden de autoridad que no establece la calidad del sujeto a quien se solicita, requiere o revisa, precisando la calidad de contribuyente directo, responsable solidario o tercero con ellos relacionado, a que se refieren los primeros párrafos de los artículos 42 y 48 del Código Fiscal de la Federación, debe de concluirse como fundado dicho argumento, dado que toda orden de autoridad debe observar lo establecido en el primer párrafo del artículo 16 Constitucional; de ahí que la emisión de una orden en la que se solicite información, se requerirán datos u otros documentos, así como que estipule una revisión, debe cumplir con lo previsto en dicho precepto de la Constitución Política, que en materia tributaria pormenoriza el artículo 38, fracción III del Código Fiscal de la Federación; esto es, acatar el principio de debida fundamentación y motivación, no siendo suficiente que sólo se exprese en la orden relativa, la...

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